Viernes, 12 de julio de 2019

     Insertamos a continuación la adjudicación del servicio público de transporte de viajeros, equipajes y encargos por carretera, entre Priego y Zamoranos, pasando por Castil de Campos y Fuente Tójar, a Arcadio Aranda Zafra, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO nº 253 del 7 de octubre de 1957, pág. 5531. Uno de los primeros en ofrecer servicio de transporte de viajeros de Castil de Campos a Priego –aunque no podemos concretar la fecha- fue el chófer de Agustín Montoro (el de la Compra), que disponía de una especie de furgoneta, con chasis hecho a golpe de tablas y chapas, que fue conocida en la época como "La Rubia".  

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL SERVICO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS ENTRE PRIEGO Y ZAMORANOS, PASANDO POR CASTIL DE CAMPOS Y FUENTE TÓJAR, A ARCADIO ARANDA ZAFRA EN 1957 

     El excelentísimo señor Ministro de este Departamento, con fecha 4 de abril de 1957, ha resuelto adjudicar definitivamente la concesión del servicio público, regular de transporte mecánico de viajeros, equipajes y encargos por carretera, entre Priego de Córdoba y Zamoranos, provincia de Córdoba (expediente nº 6.563), a don Arcadio Aranda Zafra, con arreglo a las siguientes condiciones:

1ª En todo lo concerniente a la concesión y explotación del servicio, se cumplirán los preceptos contenidos en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por Carretera, de 9 de diciembre de 1949, y en el de Coordinación de los Transportes Mecánicos Terrestres, de 16 del mismo mes y año, y en sus disposiciones complementarias.

2ª El itinerario entre Priego de Córdoba y Zamoranos, de 17,556 kilómetros de longitud, pasará por Castil de Campos y Fuente Tójar, con parada obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en todos los puntos mencionados anteriormente, con la prohibición de realizar tráfico de y entre Priego de Córdoba y empalme de Castil de Campos y viceversa, de y entre empalme de Zamoranos y empalme de Fuente Tójar y viceversa.

3ª Se realizarán todos los días, excepto domingos, las siguientes expediciones: Una expedición entre Zamoranos y Priego de Córdoba y otra expedición entre Priego de Córdoba y Zamoranos. El horario de estas expediciones se fijará de acuerdo con las conveniencias del interés público, previa aprobación de la Jefatura de Obras Públicas.

4ª Quedarán afectos a la concesión los siguientes vehículos: Dos autómnibus, de 21 HP. de potencia; carburante, gasolina, y con capacidad para 20 viajeros sentados, con clasificación de 1ª y 2ª clase. Las demás características de estos vehículos deberán ser comunicadas a la Jefatura de Obras Públicas antes de la fecha de inauguración del servicio. Estos vehículos deberán ser propiedad del adjudicatario, figurando expedido a su nombre los respectivos permisos de circulación, sin reservas respecto a la propiedad y sin que estén adscritos a ningún otro servicio, debiendo reunir las condiciones que se fijan en el capítulo sexto del Reglamento de Ordenación de los Transportes por Carretera.

5ª No son necesarias instalaciones fijas afectas a la concesión, pero se utilizarán los despachos de billetes y lugares de espera que se determinen, previa aprobación de la Jefatura de Obras Públicas.

 Postales: POSTAL DE TRENES Nº 4150. AUTOMNIBUS EMPRESA SAGALES. MARCA HISPANO-SUIZA. 1908 MONTBUI P-TREN-151 - Foto 1 - 49522421

TARJETA POSTAL Nº 4150 AUTOMNIBÚS DE LA EMPRESA SAGALÉS

MARCA HISPANO SUIZA – Foto tomada de www.todocoleccion.net

6ª Regirán las siguientes tarifas-base: Primera clase: 0,50 pesetas por viajero-kilómetro (incluido impuestos). Segunda clase: 0,45 pesetas por viajero –kilómetros (incluido impuestos). Exceso de equipajes, encargos, y paquetería: 0,0675 pesetas por cada 10 kilogramos-kilómetro o fracción. Sobre las tarifas de viajeros se percibirá del usuario el importe del Seguro Obligatorio de Viajeros. 

7ª  El adjudicatario queda obligado a transportar correspondencia en cada una de las expediciones por un peso de 30 kilogramos, con un volumen aproximados de 0,129 metros cúbicos, con arreglo a las normas fijadas en la Orden ministerial de 29 de mayo de 1950 (BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del 6 de junio siguiente).

8ª Éste servicio se clasifica, con respecto a ferrocarril, como independiente.

9ª La explotación del servicio comenzará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de publicación de la adjudicación definitiva de la concesión en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, debiendo el adjudicatario comunicar a la Jefatura de Obras Públicas de Córdoba, la fecha en que se propone inaugurar el servicio, a efectos de levantamiento del acta correspondiente.

10ª El incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, dentro de los plazos señalados, dará lugar a la anulación de la adjudicación definitiva, con pérdida de la fianza depositada.

          Lo digo a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

          Dios guarde a V. S. muchos años.        

Madrid, 23 de julio de 1957.- El Director general, Pascual Lorenzo

Sr. Inspector Jefe de la Inspección Central de Circulación y Transportes por Carretera. 3.653


Publicado por castilcampos @ 13:03
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